La concesión de aguas superficiales, se refiere a la regulación de la explotación comercial, consumo u actividad que haga uso del recurso hídrico proveniente de las nacientes o de cuerpos de agua en la superficie terrestre (ríos, riachuelos, quebradas…), que se encuentra regulada por la Ley de Aguas N°256, mediante Dirección de Aguas.